En lo sucesivo en este documento, salvo que del contexto se desprenda otra cosa, las expresiones “concurso”, “certamen”, “certamen de belleza” y análogas significarán los concursos de belleza de MISS WORLD CATALUÑA.
Las expresiones concurso o certamen nacional se referirán al concurso de MISS WORLD SPAIN.
Del mismo modo, las expresiones “candidatas”, “participantes”, “ganadora”, “interesada” y análogas, para referirse a las candidatas a MISS WORLD CATALUÑA.
DELEGADO significará JOSE ANTONIO GIOVINCO.
PRIMERA.- El presente documento contiene las bases por las que se rigen el concurso de belleza
denominado MISS WORLD CATALUÑA, en el cual una serie de candidatas concurren y optan a la obtención del citado título, estableciéndose igualmente los títulos secundarios del citado certamen, normas de admisión y desarrollo del concurso, motivos de descalificación, derechos y obligaciones de las candidatas y de la ganadora, sistema de elección, constitución y sistema de votación del jurado.
Todas aquellas cuestiones y supuestos que se susciten en cualquier fase del concurso y no estén específicamente previstas en estas bases serán decididas y resueltas discrecionalmente por EL DELEGADO.
SEGUNDA.- Los citados certámenes de belleza están organizados por JOSE ANTONIO GIOVINCO. Que CRESCENCIO GOMEZ OLMO es el licenciatario en exclusiva de la marca MISS WORLD en España, distribuyendo el territorio nacional en áreas territoriales asignadas a diferentes personas, habiendo sido asignada en virtud del presente documento a JOSE ANTONIO GIOVINCO para la elección de candidatas en la zona que comprende la comunidad de Cataluña.
TERCERA.- El certamen de belleza se desarrolla en el ámbito del territorio mencionado.
CUARTA.- El certamen provincial de belleza se convoca y celebra periódicamente, añadiendo al respectivo título de Miss del territorio de cada edición, la identificación del año en el que resulta elegida la ganadora. En este sentido, a los efectos de las presentes bases, se entiende por ejercicio o anualidad o año de reinado el período de tiempo que transcurre entre la coronación de una ganadora y la coronación de la ganadora del año consecutivo posterior.
QUINTA.- Toda participante admitida en el concurso tiene derecho a concurrir en igualdad de condiciones que sus competidoras en todos los actos en que consista la celebración del concurso, sin que quepa ningún tipo de discriminación por razón de talla, medidas, peso o condición física. Asimismo, si resultase elegida MISS territorial tiene el derecho, y la obligación, de presentar su solicitud de admisión al Certamen Nacional y suscribir el contrato de representación con CRESCENCIO GOMEZ OLMO en el caso de que su solicitud sea admitida por ajustarse a las bases que rigen el concurso nacional.
SEXTA.- Las participantes declaran conocer:
1.- Que en el Concurso de MISS WORLD CATALUÑA podrán ser elegidas por el jurado, además de quien haya de ostentar dicho título, que será el que sea elegida en primer lugar, otras participantes con el título que, de acuerdo con la clasificación, decida EL DELEGADO. Así, por ejemplo, en el caso del concurso de MISS podrá ser elegida la Primera Finalista y la Segunda Finalista.
2.- Que, si alguna de las elegidas para cualquiera de los títulos ganadores no pudiera ostentarlo y desempeñarlo por descalificación, enfermedad o cualquier otra causa, será sustituida por quien siga en el orden de elección, ésta por la siguiente y así sucesivamente.
3.- Que EL DELEGADO declina toda responsabilidad por los accidentes o lesiones que las participantes en el concurso puedan sufrir durante la celebración del mismo, con ocasión del mismo o en los viajes que realicen durante los días de concentración o viajes turísticos promocionales y de celebración del concurso o para acudir o regresar de él.
SÉPTIMA.- Requisitos de admisión de las candidatas:
Se establecen los siguientes requisitos de admisión de las candidatas al certamen, cuya concurrencia afirma y garantiza toda participante por el mero hecho de solicitar su admisión en el concurso y sin perjuicio de que, en casos particulares, EL DELEGADO pueda exigir a la concursante la acreditación documental o por cualquier otro medio de la concurrencia de tales requisitos:
1.- Ser legal y morfológicamente mujer, reservándose CRESCENCIO GOMEZ OLMO. el derecho a solicitar y obtener de la participante el correspondiente certificado médico oficial con el que se acredite la concordancia entre el sexo y el tipo de certamen al que se presenta de idoneidad.
2.- Poseer la nacionalidad española y pasaporte expedido por el Estado Español. En el caso de no tener actualmente pasaporte, no concurrir circunstancia obstativa para su tramitación y concesión.
3.- No haber representado o ser representante de su país en cualquier otro concurso de belleza internacional.
4.- No haber posado desnuda, ni haber posado en top-less, suponiendo dicha actuación descrédito de la imagen de la candidata en relación con su participación en el concurso, o haber realizado actividades relativas a la pornografía.
5.- No ser ganadora de concurso o certamen de belleza que, bien por su relevancia mediática o por las características del concurso o por cualquier otra actuación análoga a juicio del DELEGADO de zona o en su caso de CRESCENCIO GOMEZ OLMO, puedan afectar a la imagen, prestigio, honorabilidad y dignidad de la Marca Miss World Spain, reservándose el derecho, el DELEGADO o en su caso, CRESCENCIO GOMEZ OLMO. para aceptar o no a la candidata dependiendo de concurso o certamen que haya resultado ganadora.
6.- Ser mayor de 17 años y menor de 26 años antes del 31 de diciembre del año natural de la celebración del certamen nacional. El responsable de zona o en su caso, CRESCENCIO GOMEZ OLMO. se reservan el derecho a admitir o no admitir a la fase final del certamen, a aquellas concursantes que no cumplan con el requisito de edad. Se hace constar expresamente que en caso de que sean admitidas menores de edad deberán firmar, además de la interesada, el representante legal de la misma todos cuantos contratos o documentos resulten necesarios.
7.- Para el caso de que una candidata en el certamen territorial resultase elegida Miss, y posteriormente renunciase, ello dará lugar a que no pueda ser admitida como candidata en ningún otro Certamen Territorial ni Nacional, tanto por el territorio que fue designado como por cualquier otro. Igualmente, las candidatas, para el caso de ser elegidas Miss, Primera Finalista, Segunda Finalista, no podrá presentarse a ninguna Gala Territorial, que se celebre en la misma edición.
8.- No haber participado en ningún certamen de Miss Mundo en representación de cualquier otro país.
La candidata declara conocer expresamente que entre los compromisos que el CERTAMEN puede contraer, está la producción y emisión de un programa televisivo en el que se retransmita la Gala Final del Concurso Miss World Spain, y que esta Gala final podrá ir precedida de una serie de programas, con la participación de las candidatas territoriales, en los que se realizará sucesivamente la selección y eliminación de diferentes candidatas, de tal forma que a la Gala Final del Certamen concurrirán solamente las MISSES que resulten seleccionadas en esta fase previa, sin que por tanto la elección como MISS territorial comporte necesariamente el derecho a concurrir a la Final del Certamen.
9.- Para el caso de que la participante estuviera ligada por vínculo matrimonial alguno, tuviere algún hijo/hija, o se encontrase en estado de gestación, declara conocer expresamente que no podrá concurrir a los Certámenes Internacionales a que pudiera tener derecho, por no cumplirse los requisitos exigibles para su participación en los mismos, pudiendo el DELEGADO o en su caso CRESCENCIO GOMEZ OLMO., designar libremente a la candidata que participaría en el correspondiente Certamen Internacional en su sustitución.
Para el caso de que la candidata no cumpliese o no pudiese cumplir con los compromisos profesionales que el DELEGADO o CRESCENCIO GOMEZ OLMO. le asignasen por tener que atender a sus hijos o por cualquier otra circunstancia, excluida la fuerza mayor, el responsable o en su caso, CRESCENCIO GOMEZ OLMO. podrá dar por resuelto el contrato perdiendo todos los derechos que hasta ese momento ostentase la candidata.
El CERTAMEN se reserva la posibilidad de resolver el contrato para el caso de que, siendo requerido por la organización para participar en algún evento comprometido por ésta, la candidata no acudiese a la actividad prevista salvo fuerza mayor inexcusable; procediendo el resarcimiento de los daños y perjuicios que produzca la incomparecencia.
OCTAVA.- Toda participante en el certamen se obliga:
1.- A acatar y cumplir las normas consignadas en las presentes bases, así como las instrucciones recibidas de DELEGADO, por medio de las personas colaboradoras o representantes del mismo.
2.- A tomar parte en todos los actos, desfiles, pasarelas, coreografías, etc. en que consista la celebración del concurso, sometiéndose al programa, calendario y horarios aprobados al efecto, así como a acudir al lugar de celebración del certamen que determine EL DELEGADO y a estar completamente disponible para todos los actos y ensayos para los que se le requiera durante los días que dura la concentración para el certamen de MISS WORLD SPAIN y, en su caso, en los programas de selección previos a la final que CRESCENCIO GOMEZ OLMO decida producir.
3.- A no abandonar, mientras duren los actos en que consista la celebración del concurso, el lugar de celebración, ni aceptar, sin conocimiento y expresa autorización de los mismos, ninguna clase de invitaciones (paseos, bailes, espectáculos, etc.) por razones de seguridad y organizativas; así como a no realizar manifestaciones públicas que puedan perjudicar directamente y supongan un descrédito o menosprecio a los certámenes de belleza en general y a los certámenes organizados por CRESCENCIO GOMEZ OLMO., o por delegación de ésta por el DELEGADO, en los que la candidata participe. En caso de contravención será responsable de los daños y perjuicios causados.
4.- A permitir, mientras dure la participación en el concurso, que sea filmada y que se le tomen cuantas imágenes, ajustadas a las normas de la moralidad que rigen la celebración del mismo, acuerde EL DELEGADO con fines de información y publicidad del concurso o de promoción del certamen, así como que se difundan tales imágenes sin límite en el tiempo o en el espacio por cualquier medio de comunicación, incluido internet y las redes sociales, sin remuneración adicional alguna. En este sentido la solicitante manifiesta que posee todos los derechos, incluido en su caso de propiedad industrial e intelectual relativos a su imagen, voz y nombre y garantiza al delegado y a CRESCENCIO GOMEZ OLMO el uso pacífico de las mismas.
5.- A comparecer, de forma gratuita, en los programas de televisión o eventos que EL DELEGADO convenga con las diferentes cadenas de televisión, internet, redes sociales o aquellos otros compromisos promocionales que tanto el DELEGADO o CRESCENCIO GOMEZ OLMO determinen.
6.- A no permitir, durante el tiempo que medie entre la elección territorial y el de la presentación al concurso nacional de elección de MISS WORLD SPAIN, que le sean tomadas imágenes con finalidad comercial o publicitaria, ni que, sin consentimiento y autorización de la organización del concurso, sean publicadas imágenes del participante con finalidad comercial o publicitaria, aunque hubiesen sido tomadas.
7.- A aceptar el fallo, definitivo e inapelable, del Jurado del concurso.
8.- En el caso de que EL DELEGADO provea de determinadas prendas u otro tipo de objetos de patrocinadores a las solicitantes admitidas, éstas se obligan a utilizarlas en el marco de las instrucciones dadas por EL DELEGADO.
Asimismo, prestarán toda la colaboración que les sea requerida en orden a la promoción de los patrocinadores de los concursos. Las concursantes conocen que dichas prendas pueden ser idénticas o diferentes para todas las concursantes.
Asimismo, la concursante acepta que el estilismo, maquillaje y peinado sean decididos por EL DELEGADO o por el organizador nacional, CRESCENCIO GOMEZ OLMO.
9.- A no realizar, directa o indirectamente, como persona privada o como ganadora del título que se trate, manifestaciones o declaraciones denigratorias sobre su participación o la del resto de participantes o sobre EL DELEGADO o CRESCENCIO GOMEZ OLMO. La solicitante admitida evitará toda conducta negativa o contraria al espíritu de competición, así como palabras o expresiones agresivas con el resto de participantes y miembros de la organización, respetando las reglas básicas de cortesía, compañerismo, honradez y honestidad necesarias para la vida en común.
10.- A aceptar que si, por razón de descalificación, enfermedad, abandono o cualquiera otra causa, la ganadora del concurso territorial o la designada mediante casting no pudiera acudir al nacional, le sustituya la que le siga en orden de elección, ésta por el siguiente y así sucesivamente.
11.- Los gastos ordinarios que se generen para las candidatas durante la celebración del concurso provincial serán sufragados por el DELEGADO. En caso de resultar seleccionada como Miss territorial, los gastos ordinarios de viaje, estancia y manutención en aquellos destinos a los que las candidatas queden obligadas a viajar en virtud de este contrato, serán sufragados bien por el DELEGADO o por CRESCENCIO GOMEZ OLMO. en función de sus respectivos acuerdos. Los gastos extraordinarios y particulares generados en dichos desplazamientos serán sufragados por las candidatas a su exclusivo cargo y en ningún caso por el DELEGADO o por la organizadora del certamen nacional.
12.- A comportarse con absoluta corrección y entera responsabilidad durante el tiempo que dure el concurso y la concentración, evitando realizar en público aquellos actos o comportamientos que por su falta de decoro o elegancia puedan trasladar una imagen negativa del certamen o significar un mal ejemplo para jóvenes o adolescentes.
13.- A regresar a su domicilio, el día, por el itinerario y en los medios de transporte acordados por EL DELEGADO.
14.- A garantizar que no tiene concertado con terceros con carácter previo a la participación ni que concertará una vez comenzado el certamen cualquier tipo de contrato por el que se haya comprometido a ceder su imagen o la representación de sus derechos de imagen para prestar sus servicios en los campos de la publicidad, fotografía, cine, Firmado: 5 televisión, pasarela o relaciones públicas, ya sea para asistir personalmente a cualquier tipo de evento, ya sea para la explotación de los derechos de imagen a través de cualquier medio de comunicación y en cualquier modalidad técnica de emisión, incluido Internet y las redes sociales, el cual sería incompatible con su participación en el concurso y/o con el otorgamiento y pacífica ejecución del contrato de representación con EL DELEGADO o el organizador nacional.
En su caso, la participante deberá comunicar por escrito, con anterioridad a la firma de la solicitud de admisión al concurso y del contrato de representación, al delegado el hecho de que la participante tenga concertado con terceros cualquier tipo de contrato de los señalados en el párrafo anterior. Asimismo, en caso de querer concertar un contrato, durante la duración del certamen, de los antes descritos, se necesitará autorización expresa y por escrito del delegado.
El incumplimiento de la presente condición facultará al delegado a descalificar y desposeer a la solicitante del título territorial obtenido o bien a negociar, prestando en este momento la solicitante su aprobación, cualquier transacción con los terceros con los que la solicitante tenga suscrito contratos. El coste y cuantía de la transacción será satisfecho en todo caso por la participante incumplidora.
15.- A ostentar y llevar con dignidad, hasta la fecha del siguiente concurso nacional, el título que hubiera obtenido en el concurso y a renunciar automáticamente al mismo, o subsidiariamente aceptar su descalificación, en el supuesto de que incumpliese cualquiera de sus obligaciones contraídas.
16.- La candidata acatará que el delegado, o en su caso CRESCENCIO GOMEZ OLMO. procedan a su descalificación, por considerar discrecionalmente que en la participante ganadora descalificada no concurrían los requisitos exigidos en estas bases para su participación o porque se hubiera producido un incumplimiento de cualquiera de las normas u obligaciones establecidas en este documento. La persona descalificada consiente y admite su sustitución en el concurso de MISS del territorio por la participante que le siga en el orden de elección, y sin que quepa revisión de la decisión ni indemnización de ningún tipo por razón de la descalificación. Dicha sustitución se producirá automáticamente desde el momento en que EL DELEGADO o CRESCENCIO GOMEZ OLMO. notifique a la persona descalificada el hecho que motiva su descalificación. La notificación se entenderá correctamente realizada veinticuatro horas después de su remisión mediante burofax por EL DELEGADO a cualquiera de las direcciones comunicadas por la descalificada al delegado en su ficha de admisión, sea o no recibido o retirado el burofax por la concursante.
17.- A estar a disposición del delegado por si tanto éste como los patrocinadores del concurso necesitasen de sus servicios en los campos de la publicidad, fotografía o de las relaciones públicas, disponibilidad que se extenderá hasta el inicio de la concentración del concurso nacional y que determinará la recíproca obligación del delegado, de correr con los gastos de alojamiento, comida y transporte, así como abonarle una gratificación en concepto de dietas y gastos de representación, cuya cuantía se acordará en su momento.
18.- A celebrar con terceros, los contratos, compromisos y convenios que por razón del título conseguido en el Concurso Territorial gestionase en su favor el delegado, quien velará para que las obligaciones contenidas en los mismos no lleven aparejadas perjuicios morales o materiales para el participante.
19.- En caso de resultar seleccionada en los tres primeros puestos del certamen, a autorizar el uso de forma gratuita, de su imagen con la extensión necesaria para que CRESCENCIO GOMEZ OLMO por sí o por medio del tercero que designe, explote comercialmente las páginas web oficiales de CRESCENCIO GOMEZ OLMO., así como a realizar una fotografía oficial con todas las candidatas al título territorial y una individual en traje de baño para las referidas páginas web, así como a permitir que en dichas páginas aparezca toda la información y material gráfico que sobre su persona posea o le facilite al delegado, siempre que la misma no sea contraria a la ética que rige los concursos.
20.- En caso de que una de las candidatas sea la ganadora del certamen a nivel nacional, firmará un contrato de representación con CRESCENCIO GOMEZ OLMO. por el que se obligará a entregar el 20% de los ingresos obtenidos en todos aquellos contratos que, durante EL AÑO siguiente a la fecha de finalización del concurso nacional, firme la candidata. En el caso de que la representante de Miss World Spain ganase el certamen internacional de Miss World, firmaría un contrato por un año con la empresa organizadora, Miss World Limited, quedando prorrogado el contrato suscrito con CRESCENCIO GOMEZ OLMO, durante los meses siguientes a la finalización del contrato con Miss World Limited.
Además, CRESCENCIO GOMEZ OLMO, inscribirá y subvencionará a la candidata en el curso de formación que considere correspondiente y acorde con el perfil de la candidata, curso que la seleccionada se obliga a realizar.
21.- A ostentar y llevar con dignidad, hasta la fecha del siguiente concurso del mismo territorio, el título correspondiente y a renunciar automáticamente al mismo, o subsidiariamente aceptar su sustitución, en el supuesto de que contrajera matrimonio o quedara en estado de gestación antes de la indicada fecha.
22.- A viajar al lugar en que se celebre el siguiente concurso para coronar a su sucesor.
23.- A suscribir la solicitud de admisión para el concurso nacional, regido por sus propias bases, así como un contrato de representación con CRESCENCIO GOMEZ OLMO por el período de un año en caso de resultar ganadora.
24.- A suscribir todos aquellos contratos, compromisos y convenios que, por razón del título obtenido, gestionase en su favor el delegado hasta el tiempo de la concentración para el concurso nacional.
NOVENA.- El Jurado deberá asumir la mecánica del certamen determinada del modo señalado en el punto anterior, votando a las candidatas con criterio de imparcialidad, objetividad y plena igualdad de todas las participantes, y siempre con arreglo a las cualidades físicas, personales y morales de las candidatas. De la votación realizada por el jurado deberá quedar constancia al menos de su decisión respecto de las tres primeras clasificadas mediante acta final que será suscrito de puño y letra de cada uno de sus miembros y rubricado con sus propias firmas.
DÉCIMA.- Toda participante en el certamen nacional queda informada de:
1.- La elección podrá ser por casting, gala o elección directa siempre que la organización nacional lo autorice por motivos de tiempo o causa excepcional. La elección se desarrollará durante uno o varios días, en una o varias sesiones, en el lugar de celebración del concurso, con la participación de las candidatas, cuya selección se irá realizando por la mayor puntuación que obtengan en una o varias y sucesivas votaciones imparciales y objetivas realizadas por los miembros del jurado con base en los desfiles y entrevistas que se celebren. En la última votación el jurado determinará las finalistas, así como su orden de clasificación otorgando y estableciendo entre las candidatas seleccionadas la determinación de sus puestos con arreglo a los siguientes títulos:
1º clasificado: MISS TERRITORIO
2º clasificado: PRIMERA FINALISTA
3º clasificado: SEGUNDA FINALISTA
2.- Los datos personales facilitados al delegado o recabados a través del formulario de recogida de datos que acompaña a estas Bases, serán incorporados a un fichero, debidamente inscrito en el Registro General de Protección de Datos, cuyo responsable será el responsable provincial, habiendo implantado las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los mismos. En caso de resultar seleccionadas, las candidatas autorizan a que sus datos sean cedidos a CRESCENCIO GOMEZ OLMO.
3.- La finalidad del tratamiento es la gestión de la Gala Territorial y Nacional Certamen Miss World Spain y la promoción de las candidatas y concursantes.
4.- Salvo que específicamente se establezca lo contrario, se considera necesario completar los datos que se requieren en el citado formulario, la negativa a darlos o la presentación incompleta de los mismos, conllevaría la anulación de su solicitud de inscripción.
5.- Usted garantiza que los datos solicitados son verdaderos, exactos, completos y están actualizados, respondiendo de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar a causa de la cumplimentación de datos falsos, inexactos, incompletos o no actualizados.
6.- Podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos proporcionados a CRESCENCIO GOMEZ OLMO, dirigiéndose por escrito y adjuntando una copia del DNI en el correo electrónico agencybook@hotmail.com.
7.- Con estas bases se consiente expresamente que los datos y la información que nos facilita podrán ser cedidos a la compañía que colabora con CRESCENCIO GOMEZ OLMO, en la contratación artística y de modelos, así como al DELEGADO que gestiona las Galas Previas y la promoción de las candidatas y concursantes en su respectivo territorio.
8.- En el caso de resultar menor de edad, el DELEGADO y CRESCENCIO GOMEZ OLMO, garantizan que no utilizarán sus datos de manera que pueda implicar menoscabo de su honra y reputación, siendo respetuosa con el principio de proporcionalidad con carácter general y con la ética que rige los concursos.
DÉCIMO PRIMERA.- El incumplimiento de las obligaciones y demás normas que rigen la celebración del concurso determinadas en estas bases, implicará la descalificación de la concursante, desposeyéndola del título obtenido sin derecho a indemnización alguna.
La comprobación por EL DELEGADO de la no concurrencia de alguno de los requisitos para participar o el incumplimiento de las obligaciones inherentes a la participación implicará, en consecuencia, como ya se dijo y con las excepciones señaladas en este documento, la pérdida del título obtenido sin derecho a indemnización alguna. No se aceptará reclamación alguna sobre la decisión de desposesión y/o descalificación y/o no admisión adoptada unilateral, discrecional y motivadamente por EL DELEGADO.
Al suministrar sus datos, declara finalmente que ha leído y comprendido todas las bases y sus cláusulas así como las obligaciones, y se compromete a acatar todo lo dispuesto en las mencionadas cláusulas.